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Aprueban reforma para que personas con discapacidad puedan acceder a espacios públicos con animales de apoyo

El Senado aprobó una reforma para establecer como discriminación impedir, o condicionar el acceso de las personas con discapacidad a establecimientos públicos, , con personas o animales de apoyo.

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El Pleno del Senado aprobó una reforma para establecer como discriminación impedir, negar, restringir o condicionar el acceso de las personas con discapacidad a establecimientos públicos, con personas o animales de apoyo o asistencia.  

Además, considera como discriminación obstruir cualquier medida de accesibilidad en el entorno físico, el transporte, la información, tecnología y comunicaciones, en servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, y demás elementos destinados a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad.  

En el dictamen, que se aprobó con 102 votos a favor y se remitió al Ejecutivo federal, los senadores respaldaron la minuta que envió la Cámara de Diputados para reformar el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.  

Se trata de fortalecer la protección del derecho a la igualdad y la no discriminación de las personas con discapacidad, y con el objeto de garantizarles el ejercicio de sus derechos, no sólo con asistencia animal, sino también humana. 

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México 20 millones 838 mil 108 personas, es decir 16.5 por ciento de la población total, tiene alguna discapacidad, limitación en su actividad cotidiana o vive con algún problema o condición mental.  

Dicho documento agrega que 47.6 por ciento de ellos tiene una discapacidad para caminar, subir o bajar; 43.5 por ciento para ver, aun con el uso de lentes; 21.9 por ciento para oír, aun con aparato auditivo; 18.9 por ciento para bañarse, vestirse o comer; 18.6 por ciento para recordar o concentrarse; y 15.3 por ciento para hablar o comunicarse. 

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, mencionó que esta minuta garantiza los derechos de acceso de personas con capacidades diferentes en establecimientos públicos y privados. 

El derecho a la movilidad de este grupo poblacional en México, dijo, se establece en la Constitución, por lo que es importante que el acceso a espacios públicos y privados sea en igualdad de condiciones para todas las personas, sin discriminación. 

Subrayó que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, casi seis por ciento de la población, en 2020, tiene algún tipo de discapacidad relacionada con la movilidad, y presentan dificultades para caminar, subir y bajar escaleras, o son víctimas de discriminación, porque no les permiten tener el acompañamiento de un animal guía. 

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