Diputadas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) impulsan reformas a la Constitución Política, para que los institutos políticos estén obligados a observar que las y los candidatos cumplan con el requisito de no haber sido condenados o sancionados mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
Tampoco, haber sido penalizados por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o condenados como deudores alimentarios morosos.
La iniciativa propone establecer dichos requisitos para ser diputada o diputado, titular de la presidencia de la República y de la Fiscalía General de la República (FGR), ministro o ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y aspirante a un cargo de elección popular en los tres ámbitos de gobierno en los estados.
Destaca que la manera más eficaz de evitar que personas violentadoras de mujeres y de los derechos familiares accedan a los cargos de elección popular, es que los partidos políticos exijan a las personas interesadas en una candidatura, que no hayan incurrido en alguna situación de violencia de género ni familiar.
Por esa razón, precisa que la 3 de 3 contra la violencia, constituye una medida que promueve que quienes aspiren a acceder a cualquier cargo público no deben incurrir en conductas que perpetuen actitudes de dominio y actos discriminatorios en contra de las mujeres por razón de género.
La iniciativa que reforma y adiciona los artículos 41, 55, 82, 95, 102 y 116 constitucionales, la suscriben las diputadas del PRD, Elizabeth Pérez Valdez, María Macarena Chávez Flores, Edna Gisel Díaz Acevedo, Olga Luz Espinosa Morales, Laura Lynn Fernández Piña, Fabiola Rafael Dircio, Leslie Estefanía Rodríguez Sarabia y Gabriela Sodi Miranda.
La propuesta fue turnada para dictamen a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
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